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REVISTA JURIDICA | |||||||||||||||||||
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ANTONIO GÓMEZ ROBLEDO: VIDA Y OBRA A Alonso Gómez Robledo, querido amigo SUMARIO: I. La vida. II. La obra. I. LA VIDA Don Antonio Gómez Robledo nació el 7 de noviembre de 1908, en Guadalajara, Jalisco, su "patria chica", a la que quiso entrañablemente. Sus propias palabras fueron: Yo por mí hubiera querido quedarme a vivir y morir en Guadalajara, pero mi anábasis a la región otrora la más transparente y ahora la más poluida la determinaron por una parte el deseo de estudiar filosofía, y por la otra mi amor por el derecho internacional, que obviamente no es posible practicar sino desde México, y más concretamente aún, desde la Secretaría de Relaciones Exteriores. 1 Estas palabras de don Antonio revelan también dos de sus grandes pasiones intelectuales, la filosofía y el derecho internacional, a las que se refería como "el coctel, derecho y filosofía"2 y que también calificó como su "promiscuidad intelectual",3 a esta combinación yo me permito agregar su amor por los clásicos griegos y latinos, estas tres pasiones nutrieron, como se verá más adelante, su vastísima obra escrita. Sin olvidar, por otro lado, su interés por la historia, la filología, la literatura y la política.4 Don Antonio hizo sus primeros estudios en su ciudad natal, con los jesuitas, y más tarde obtuvo el título de licenciado en derecho, en la Universidad de Guadalajara, en el año de 1932. En la ciudad de México, en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Nacional cursó la maestría y el doctorado en filosofía, entre los años de 1942-1946. Entre sus maestros más admirados don Antonio siempre recordó a don Agustín Millares Carlo y a don Demetrio Frangos, refiriéndose a ellos, se expresó así: " En mis estudios de filosofía, realizados en la UNAM, acabé de aprender las lenguas clásicas bajo la dirección de dos grandes maestros: por el latín, Agustín Millares Carlo; por el griego, Demetrio Frangos, quien me enseñó la lengua de los dioses como lengua viva".5 Con la intención de profundizar sus conocimientos de derecho internacional y de filosofía, además de los estudios realizados en México, don Antonio también realizó estudios en otros países. Tanto en Europa, como en América. En el primer caso en las ciudades de París y La Haya, en el segundo, en las de Río de Janeiro y en Nueva York. De esta manera, asistió a la Faculté de Droit y a la Dotation Carnegie pour la Paix Internationale, en la capital francesa; a la Académie de Droit International, en La Haya; y a las universidades de Río de Janeiro, en Brasil y la Fordham University, de Nueva York. Su carrera académica comenzó en 1935, año en que impartió la materia de derecho internacional, en la Escuela Libre de Derecho, de la ciudad de México. Poco después, enseñó la misma materia, desde 1938, en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México. En la misma casa de estudios, entre los años de 1939-1943, fue profesor de introducción a la filosofía en la Escuela Nacional Preparatoria. Más tarde, en la Facultad de Filosofía y Letras, impartió las cátedras de filosofía griega, filosofía de los valores y filosofía de la religión. En la misma Facultad, de 1946-1954, dirigió el Seminario de traducción de textos clásicos y fue dos veces director del Centro de Estudios Filosóficos, que después cambió de nombre y sigue siendo hasta de hoy el Instituto de Investigaciones Filosóficas, una de las dependencias del subsistema de la Investigación en Humanidades, de la UNAM. También en la Universidad Nacional, en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, don Antonio profesó la cátedra de historia diplomática, en 1954 y 1955. Con motivo de la celebración del cuarto centenario de nuestra casa de estudios, don Antonio pronunció, en 1951, la Oratio Athenagorica in Laudem Mexicanae Universitatis. Además, en 1947 y 1948, fue jefe del Departamento de Humanidades y profesor de filosofía en el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey. Don Antonio no sólo enseñó en México, de tal suerte, en el extranjero fue profesor extraordinario en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, de Lima, Perú y en Cuba, fue profesor de la Academia de Derecho Internacional de La Habana, en 1955. Además impartió el curso sobre el ius cogens internacional, su génesis, naturaleza y función, en la Academia de Derecho Internacional de La Haya, en el año de 1981. De la mano de su carrera académica marchó su desempeño como funcionario público. De esta manera, entre 1935 y 1936 fue abogado consultor de la Secretaría de Economía. Después inició su larga carrera en el Servicio Exterior de México, actividad en la que siempre antepuso el servicio al país a sus intereses personales. Así, entre los años de 1936-1938, fue abogado consultor de la Comisión Mixta de Reclamaciones entre México y Estados Unidos y ocupó el mismo cargo, de 1940-1942, en la Secretaría de Relaciones Exteriores. En la Tercera Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, celebrada en Río de Janeiro, en 1942, acompañó como secretario particular al entonces secretario del ramo, el canciller mexicano Ezequiel Padilla. En 1943 fue primer secretario del Servicio Exterior Mexicano y entre los años de 1943-1946, delegado de México ante el Comité Jurídico Interamericano de Río de Janeiro. En 1946 fue abogado consultor de la Secretaría General de las Naciones Unidas y en el mismo año fue jefe de la Sección de Organismos Mundiales de la Secretaría de Relaciones Exteriores de México. En 1948 formó parte de la delegación mexicana para la IX Conferencia Internacional Americana celebrada en Bogotá, Colombia. De 1951-1954 representó a México ante la Organización de Estados Americanos (OEA), con sede en la capital estadounidense, esto es, la ciudad de Washington, D. C. Don Antonio también fue miembro de la delegación mexicana a las IV, VII, VIII, X y XI Asambleas Generales de las Naciones Unidas y delegado suplente de México ante la 11 Reunión del Consejo Interamericano de Jurisconsultos, celebrada en Buenos Aires, Argentina, en 1953. También fue delegado de México a la Octava Reunión de la Conferencia General de la UNESCO, de Montevideo, Uruguay, en 1954. Además, en 1957 fue enviado extraordinario y ministro plenipotenciario del Servicio Exterior Mexicano. En el año de 1958 fue delegado de México ante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre derecho del mar, celebrada en Ginebra, Suiza. De los años de 1957-1959 presidió la Comisión Técnico-Consultiva de la Secretaría de Relaciones Exteriores, de México. Se desempeñó después, entre 1961 y 1964, como director en jefe para Asuntos de Europa, Asia, África y Organismos Internacionales. Entre 1964 y 1967, representó a México en la Conferencia del Comité de Desarme de las Naciones Unidas. De los años de 1971-1975, fue consultor Jurídico de la Secretara de Relaciones Exteriores; y en la misma Secretaría fue miembro de la Comisión Consultiva de Política Exterior. En 1980, presidió la delegación mexicana a la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre derecho del mar. Como embajador, representó al gobierno mexicano, en Brasil, entre los años de 1959-1961; en Italia, de 1967-1971; en Túnez, entre 1968 y 1971, en Suiza, de 1977-1979 y en Grecia, de los años de 1975-1977. De sus viajes y vivencias como embajador, don Antonio dijo: No conocí mucho del mundo, apenas nuestro continente (donde lo mejor fue Río, la cidade maravilhosa) y el occidente europeo, pero en su mayor expresión, la del mundo clásico. Fui embajador de México en Roma y Atenas, y en Roma tuve la representación concurrente en Cartago, en cuyo palacio presenté credenciales ante el presidente Burguiba. De la ciudad eterna me desplazaba de vez en cuando para ir a ver al presidente eterno de Túnez. ¡Qué tiempos, Dios mío!6 Don Antonio fue un servidor público excepcional y fue además, uno de los grandes humanistas mexicanos. De esta forma, fue reconocido no sólo en su país, sino también en el extranjero. Entre las distinciones que recibió, se pueden enumerar las siguientes: a) Diploma Cum Laude del Heroico Colegio Militar "por su benemérita labor de orientación revolucionaria durante los ciclos de conferencias impartidas al Cuerpo de Cadetes en el sexenio, 1958-1964";7 b) en 1968 recibió el Premio Elías Sourasky; c) en 1976, el premio Nacional de Lingüística; d) en 1987 fue merecedor del premio maestro emérito Jorge Sánchez Cordero, e) en el año de 1988 recibió el premio Jalisco, en 1992 el premio Nacional de Jurisprudencia y el premio Justo Sierra al Mérito Universitario, f) en 1993 recibió el doctorado de la Universidad de Guadalajara, con respecto a esta distinción, don Antonio se expresó del siguiente modo: Entre todas las distinciones y honores de que he sido objeto en el curso de mi larga vida, y no por otra razón sino por la montaña de años que llevo a cuestas, ningún honor más caro al corazón de un tapatío como el qua acabáis de dispensarme, señor rector, y más viniendo del supremo representante del poder espiritual más alto en el orden natural, es decir la Universidad de Guadalajara.8 En 1982, el presidente de la República lo nombró embajador eminente y embajador emérito en 1992. En 1993 fue designado investigador emérito y maestro honorario de la Preparatoria 5 de la Universidad de Guadalajara en 1994. También fue distinguido con la banda de primera clase de las siguientes órdenes: Cruzeiro do sul de Brasil, Orden del Mérito de Italia y Orden del Fénix de Grecia. Por otro lado don Antonio perteneció a las siguientes asociaciones académicas: Barra Mexicana de la Academia Mexicana de Legislación y Jurisprudencia, Sociedad Brasileira de Filosofía, Instituto da Ordem dos Advogados Brasileiros, American Society of International Law, Societé Européenne de Culture, Instituto Hispano-lusoamericano de Derecho Internacional. Don Antonio fue también individuo de número de la Academia Mexicana de la Lengua, correspondiente de la española; miembro del Colegio Nacional y del Seminario de Cultura Mexicana. Don Antonio Gómez Robledo murió a los 85 años de edad, en la ciudad de México, el 3 de octubre de 1994. II. LA OBRA Su obra escrita menor, ensayos, artículos, cursos y conferencias, es abundante, y se encuentra publicada en diferentes medios, como, Jus, Ábside, Cuadernos americanos, Letras de México, Filosofía y Letras y Onda, por mencionar sólo algunos. Además, la bibliografía de don Antonio entre libros como autor, capítulos en libros y traducciones es muy extensa. La obra, de don Antonio es excepcional no sólo por su extensión, sino porque pone de manifiesto la lucidez de su pensamiento y su rigor académico, tanto como el buen uso de la lengua y su sentido del humor. Leer a Antonio Gómez Robledo no sólo instruye sino que al mismo tiempo complace. ¿Quién lo enseñó a escribir? Encuentro una explicación en sus propias palabras, cuando dice: "A Azorín no lo lee nadie más, ya lo sé, pero a nosotros, a mi generación, y con reserva de los clásicos, nos enseñó a escribir".9 En las siguientes líneas se mencionan sus libros y se hace un análisis más cuidadoso de su obra jurídica. Aun a sabiendas de que generalmente las clasificaciones son subjetivas y por lo tanto arbitrarias, se puede intentar la agrupación de sus libros en tres diferentes disciplinas, derecho internacional, filosofía y sus magníficas traducciones de los clásicos griegos y latinos. Aunque, como se verá más adelante cuando menos cuatro de sus obras quedan fuera de é sta, como ya mencioné, arbitraria clasificación. Por lo que toca al derecho internacional se pueden mencionar los siguientes libros: Los convenios de Bucareli ante el derecho internacional (1938), Política de Vitoria (1940), Idea y experiencia de América (1958), La seguridad colectiva en el continente americano (1960), Meditación sobre la justicia (1963), México y el arbitraje internacional. El fondo piadoso de las Californias. La isla de la Pasión. El Chamizal (1965), Las Naciones Unidas y el sistema interamericano (Conflictos jurisdiccionales) (1974), El ius cogens internacional (Estudio histórico-crítico), Estudios internacionales (1982), El magisterio filosófico y jurídico de Alonso de la Veracruz (1984), Vallarta internacionalista (1987), Fundadores del derecho internacional (1989), Etopeya del monroísmo (1994). En el ámbito de la filosofía: Cristianismo y filosofía en la experiencia agustiniana (1942), La filosofía en el Brasil (1946), Filosofía y lenguaje (1956), Ensayo sobre las virtudes intelectuales (1957), Sócrates y el socratismo (1966), Platón, los seis grandes temas de su filosofía: la virtud, las ideas, el alma, el amor, la educación y el estado; El pensamiento filosófico de Edith Stein, La estética de Tomás de Aquino en el pensamiento de Umberto Eco (1988), Estudios pascalianos (1992). Entre sus traducciones: Aristóteles, Ética nicomaquea, versión bilingüe, que incluye una Introducción a la ética aristotélica (1954), Aristóteles, Política, versión bilingüe (1963), La República de Platón, versión bilingüe (1971) y Marco Aurelio, pensamientos, versión bilingüe (1992). Como se señaló más arriba, parece que cuando menos cuatro libros de don Antonio escapan a la clasificación propuesta. Me refiero a los siguientes: Anacleto González Flores. El maestro (1937), que es una biografía de este luchador social jalisciense; Dante Alighieri, vol.1, Las obras menores y vol. 2, La divina comedia (1975), Grecia moderna. Sinopsis histórica (1977) y El caso Lefevre (meditación sobre la iglesia actual) (1991). 1. Obra jurídica Los Convenios de Bucareli ante el derecho internacional10 Después del "Preámbulo",11 el libro está formado por cuatro capítulos,12 un apartado de "Conclusiones",13 "Epílogo",14 la bibliografía sobre el tema y el índice. Como es obvio suponer, el libro trata sobre los documentos a los que su título alude, y que fueron suscritos cuando en México era presidente de la República el general Álvaro Obregón, y de Estados Unidos el señor Warren G. Harding. Explica don Antonio que los Convenios de Bucareli se componen de dos tratados derivados de Comisiones Mixtas de Reclamaciones. Una de ellas conoció y falló las reclamaciones de ciudadanos americanos contra el gobierno de México y de mexicanos contra el de Estados Unidos, desde 1868, salvo el periodo que se extiende de los años de 1910-1920, que fue objeto de la segunda comisión. También existe un pacto extraoficial entre los ejecutivos de ambos países, por el que México se comprometió a reconocer los derechos adquiridos sobre el subsuelo, e indemnizar a los americanos por cualquier expropiación agraria que excediera de determinada extensión. A continuación, don Antonio se encarga de la interpretación de los Convenios, a la luz del derecho internacional. De este ejercicio surgen importantes temas, como son: "la validez internacional del estatuto interno sobre tierras y petróleo, la condición jurídica de los extranjeros, la responsabilidad internacional del Estado en general".15 Política de Vitoria16 Después de la Introducción,17 al principio y el Índice, al final, este libro se encuentra dividido en siete partes: Retrato y paisaje,18 El perfil temporal,19 Flor de testimonios,20 El crepúsculo del orden antiguo, 21 El Estado,22 El Estado y el derecho internacional23 y, La guerra.24 Las disertaciones que sobre las Indias Occidentales pronunció Francisco de Vitoria en la Universidad de Salamanca en el año de 1539 y que por su contenido se conocen como Relectiones de Indis, según don Antonio no sólo trataron acerca de la legitimidad de la colonización española en América, sino que, además, "por primera vez el mundo supo, a través de aquellas lecturas, de la existencia de un nuevo derecho, del derecho internacional moderno".25 Explica el autor que el libro que se analiza fue producto del deseo de la UNAM por conmemorar el cuarto centenario de las Relecciones de Vitoria, y por esa razón le encargaron a él la elaboración de este estudio en el que trata sobre la figura y el ideario del gran teólogo-jurista español. La importancia del pensamiento de Vitoria para la América, la resume así don Antonio: He aquí que un día un hombre de letras divinas y humanas, teólogo y jurista, se yergue inerme frente a su Emperador (lo era Carlos de Habsburgo) poniendo en entredicho sus títulos al dominio de América. Por esa sola dubitación inicial, fundada sobre el supuesto previo de que los indios eran verdaderos señores de sus posesiones, pública y privadamente (veri domini, et publica et privatim) Vitoria cuenta para nosotros americanos entre los grandes fundadores de nuestra nacionalidad continental.26 Idea y experiencia de América27 Aunque este ensayo de don Antonio no se limita a tratar temas jurídicos solamente como lo hace, parece pertinente incluirlo en su obra jurídica. Lo dicho queda claro con la simple lectura del índice, ya que con ello basta para tener idea de su contenido. Después del Prólogo,28 don Antonio dividió la obra en once partes, además de incluir al final una amplia bibliografía sobre los temas tratados. Así se tienen las siguientes divisiones: La idea de América,29 La idea confederativa,30 La idea bolivariana,31 La experiencia anfictiónica, 32 Bolivarismo y monroísmo,33 Frustración hispanoamericana,34 Panamericanismo,35 La crisis del panamericanismo,36 América militante,37 El orden jurídico interamericano38 y, Antinomias del sistema.39 Explica el autor que en cuanto al ámbito temporal que esta obra contempla y con referencia al orden jurídico y político de nuestra América, el estudio se queda diez años atrás de la fecha de su publicación. De tal suerte, termina con la Conferencia de Bogotá, de 1948. Aunque se encuentren referencias a sucesos posteriores, sólo se trata de comentarios marginales, por considerar don Antonio que después de aquella conferencia no se han presentado cambios significativos en el sistema interamericano, el autor opina que más bien se han dado retrocesos y como ejemplo señala los casos de las resoluciones de Caracas y de la Conferencia Económica de Buenos Aires. La seguridad colectiva en el continente americano 40 Este libro contiene una Introducción, seguida de once secciones y el índice. Al explicar el contenido de la obra, habla don Antonio, en la "Introducción",41 de las guerras que habían aquejado al mundo hasta el momento, esto es 1960 y de la necesaria política de paz y seguridad seguida primero por la Sociedad de Naciones y luego por la Organización de Naciones Unidas. También comenta la importancia de la seguridad regional y los mecanismos necesarios para lograrla. En algún pasaje del estudio, don Antonio recuerda sus años como profesor, refiriéndose a los estudiantes expresa: "quisiera que estas líneas fuesen para ellos un mensaje, el último tal vez, de quien con amor y devoción si otras cosas pudieron extrañar procuró inculcarles el sentimiento de la justicia....".42 Las diferentes secciones se llaman: Universalismo y regionalismo,43 El regionalismo en la Sociedad de las Naciones, 44 Proyectos regionalistas durante la Segunda Guerra Mundial, 45 Entre Dumbarton Oaks y San Francisco,46 Ensayo de definición de acuerdo regional,47 El debate en San Francisco,48 Los acuerdos regionales y el artículo 51, 49 El Tratado de Río,50 El Pacto del Atlántico,51 Otros regionalismos y,52 Seguridad y justicia,53 Meditación sobre la justicia. 54 Este ensayo de don Antonio, implica tanto un análisis filosófico, como jurídico del tema. El libro comienza con una Introducción 55 y se divide, después, en nueve secciones: La justicia en Platón, 56 La justicia en Aristóteles, 57 Cicerón y los estoicos,58 La justicia en Santo Tomás de Aquino,59 La justicia en Leibniz,60 La justicia en Kant,61 La justicia como valor,62 La justicia y seguridad 63 y, Epifanía de la justicia.64 México y el arbitraje internacional. El fondo piadoso de las Californias. La isla de la Pasión. El Chamizal.65 Don Antonio dividió este libro en tres partes, cada una se refiere, a los tres arbitrajes señalados en el título de la obra. Incluyó, además, tres apéndices documentales, también relacionados con cada uno de los casos y al principio una introducción general. En ella explica que el arbitraje — tanto interno, como internacional— exige dos requisitos: un tribunal elegido por las partes interesadas, la decisió n de este tribunal se fundamenta en el derecho positivo vigente. Partiendo de esta premisa inicial es posible afirmar que los tres casos de arbitraje que el libro estudia no sean los únicos en los que México ha participado, también lo son aquellos en los que participaron comisiones mixtas de reclamaciones, de los siglos XIX y XX, constituidas entre México y otros países, principalmente los Estados Unidos. Las Naciones Unidas y el sistema interamericano66 El libro comienza con la Introducción67 y luego se divide en cuatro secciones: Arreglo pacífico de controversias,68 La legítima defensa,69 Medidas coercitivas70 y, Regionalismo y uso de la fuerza. 71 En la introducción don Antonio explica que esta obra trata de las relaciones entre la Organización de Naciones Unidas y los organismos regionales, específicamente la Organización de Estados Americanos, por lo que al tema de paz y seguridad en la región corresponde, que abarca los temas que cada capítulo plantea. El ius cogens internacional (estudio histórico-crítico) 72 El libro empieza con un prólogo o Liminar, como lo llama don Antonio, luego comprende nueve secciones, que dan cuenta clara de su contenido, son las siguientes: Prehistoria del ius cogens,73 Historia legislativa del ius cogens,74 La dialéctica doctrinal, 75 Teoría del ius cogens,76 Ius cogens superveniens, 77 La sanción del ius cogens,78 Cuestiones procesales,79 La identificación del ius cogens,80 y, La filosofía del ius cogens.81 Estudios internacionales82 Se encuentran reunidos en este volumen varios escritos de don Antonio, algunos publicados con anterioridad, más dos ensayos inéditos, según explica José Luis Yunes, prologuista de la compilación. El índice de estos materiales es: El problema de la conquista en Alonso de la Veracruz,83 Andrés Bello, internacionalista,84 La equidad y sus funciones,85 La cláusula rebus sic stantibus,86 El abuso del derecho en derecho internacional,87 La legítima defensa en la era nuclear88 y, La autodeterminación de los pueblos.89 A mi parecer, creo que el título de cada uno de estos ensayos basta para ilustrar en cuanto a su contenido. El magisterio filosófico y jurídico de Alonso de la Veracruz90 Después del Preámbulo,91 este libro se compone de los siguientes apartados: Vida y muerte,92 La obra filosófica,93 La Relectio de Dominio Infidelium,94 Títulos ilegítimos de conquista, 95 Títulos legítimos de conquista96 y, Escritos castellanos.97 Alonso Gutiérrez, como se llamó fray Alonso, antes de ingresar a una orden monástica, nació en la provincia de Guadalajara, España en 1507. Sus estudios de filosofía y teología los hizo en la Universidad de Alcalá de Henares y más tarde en la de Salamanca, fue discípulo de Francisco de Vitoria con quien, con el tiempo, guardó una estrecha amistad. Viajó a América y en el puerto de Veracruz tomó el hábito de monje agustino como el nombre de Alonso de la Veracruz. Estuvo poco tiempo en la ciudad de México, ya que sus superiores lo enviaron después a catequizar a los indios de Michoacán. Fue uno de los fundadores de la Universidad de México, y según don Antonio el primer catedrático de filosofía y de derecho de gentes. Fray Alonso de la Veracruz murió en la ciudad de México, en 1584. Sobre su obra filosófica, don Antonio señala que se publicó toda en vida del autor y está compuesta por cuatro libros, todos publicados en México, éstos son: Recognitio summularum, Dialectica resolutio, Physica speculatio y Speculum coniugiorum. Por lo que a la obra jurídica corresponde, don Antonio menciona que está contenida principalmente en el De decimis y en la Relectio de dominio infidelium et iusto bello. La primera de estas obras se refiere a los diezmos, aunque excede este tema ya que abarca también "todas las fases del apostolado eclesiástico entre los nativos, de cuyos derechos y privilegios se hace cargo".98 Sin menospreciar la primera obra mencionada, don Antonio considera que es más importante y de mayor interés la Relectio de dominio infidelium. En términos generales la Relección trata sobre la catequización y protección de los indios, y contempla también temas de derecho agrario, la encomienda, la jurisdicción y la propiedad, entre otros. Don Antonio incluyó al final de este libro, una antología de textos integrada por los siguientes: De la Relectio de dominio infidelium, Duda X, 99 De la Relectio de dominio infidelium, Duda XI,100 Parecer razonado sobre el problema de la conquista,101 Sermón del martes de la semana santa,102 Del Speculum coniugiorum,103 Del libro I De anima, 1a investigación,104 Del libro I De anima, 2a investigación,105 Del libro III De anima, 1a investigación. 106 Don Antonio además de hacer la selección de los textos indicados, también tradujo el fragmento del libro III De anima, así como las Dudas X y XI de la Relectio de dominio infidelium y el fragmento del Speculum coniugiorum. El autor explica, además, la estructura de la Relectio, dividida en once artículos, a los que Fray Alonso se refiere, en algunos casos como "dudas" y en otros, como "cuestiones". Vallarta internacionalista107 Inicia don Antonio este libro con un Pórtico, 108 que aprovecha para explicar a pesar de que a Vallarta se le conoce sobre todo como constitucionalista, en particular por sus aportaciones al juicio de amparo, cuando fue ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, su papel como internacionalista no es menor, aunque no tan extenso, especialidad que cultivó como secretario de Relaciones Exteriores, de los años de 1876-1878, con un intervalo que corresponde del 1o de junio, al 22 del mismo mes, cuando debió asumir la presidencia de la Suprema Corte. Este libro, dividido en siete partes o secciones, incluye al final un catálogo de documentos, 109 que son los siguientes:
Por cuanto al texto de don Antonio, salvo por la última sección en la que habla de la vida de Vallarta, en las demás se refiere a cada uno de los documentos mencionados para analizar y explicar el pensamiento de Vallarta, en las secciones que se enlistan a continuación: La cuestión del petróleo, 110 El fondo piadoso de las Californias,111 Aguas internacionales,112 La defensa de Belice,113 Reconocimiento de gobiernos, 114 Unión hispanoamericana115 y, Vida de Vallarta. 116 Fundadores del derecho internacional. Vitoria, Gentili, Suárez, Grocio. 117 Este libro contiene además del índice, un preámbulo y cuatro ensayos independientes. Don Antonio dice, en el preámbulo,118 que se puede considerar a Vitoria, con base en sus Relecciones, especialmente las de potestate civili y de indis prior, como el fundador del derecho internacional. Explica que los ensayos que el libro contiene: Vitoria, Gentili, Suárez y Grocio, están articulados por "su proyección al futuro, nuestro presente actual, o sea en el ius gentium como ley, es decir, como norma imperativa, con lo que todos ellos cobran, a mi entender, mayor actualidad".119 El primero de los ensayos corresponde a Francisco de Vitoria, se llama Vindicación de Vitoria y se encuentra dividido en seis partes: La voz solitaria de Nussbaum, Ius inventionis, El fragmento de Temperancia, Títulos de fe y títulos de razón, La ordenación jurídica del orbe y Vitoria y nosotros.120 Señala don Antonio que no se conoce la fecha exacta del nacimiento de Vitoria, pero que probablemente no fue antes de 1483, ni después de 1492. Después de analizar su pensamiento el saldo es positivo. Por un lado, por su concepción del derecho internacional — derecho de gentes, como se le conocía entonces— como derecho que se impone por la razón natural a todos los pueblos, por el otro, porque el espíritu de la América española arranca de los principios ideológicos de la España del siglo XVI, " en el cual ocupan un lugar de primera importancia las Relecciones teológicas de Francisco de Vitoria".121 El segundo ensayo Alberico Gentili (1552-1608), consta de tres partes: De legationibus, De iure belli e Hispanica advocatio. 122 Estas tres secciones llevan el nombre de las tres obras, que en opinión de don Antonio, constituyen las más importantes del autor italiano. Para iniciar el estudio de Gentili, don Antonio consigna, en primer lugar, sus datos biográficos y después habla de su formación académica y profesional. Nació en la ciudad de San Ginesio, en el norte de Italia y estudió en la Universidad de Perusa. De regreso a su ciudad natal Alberico Gentili se estableció como abogado. Pero no por mucho tiempo, ya que por haberse convertido al protestantismo, hubo de abandonar Italia, para dirigirse, primero a Holanda y más tarde a Inglaterra donde gozó de una situación prominente en la Corte de la reina Isabel I y donde también fue profesor en la Universidad de Oxford. Nunca regresó a Italia y murió en Londres en el año de 1608. La primera, de las obras a la que don Antonio se refiere, De legationibus trata sobre el derecho diplomático y está basada en el caso del embajador español don Bernardino de Mendoza, quien fue uno de los conjurados en contra de la reina Isabel, pero que de acuerdo con la opinión de Gentili, en el sentido de que un diplomático era intocable en un país extranjero, en lugar de ser juzgado por Inglaterra, fue expulsado del país. La segunda obra del jurista italiano, De iure belli, lo consagra, en opinión de don Antonio, como uno de los exponentes más importantes del derecho internacional, el "más auténtico e inmediato precursor de Grocio".123 Esta obra como su título lo indica, trata sobre la guerra y se compone de tres libros: la guerra en general, la declaración de guerra y las causas que la pueden motivar. La tercera de las obras a la que este estudio se refiere, Hispanica advocatio, se inspiró también, como la primera de las obras de Gentili estudiada por don Antonio, en un caso práctico. Un barco español fue apresado, en aguas inglesas, por un barco holandés. De acuerdo con Gentili, Inglaterra, país neutral en el conflicto entre España y Holanda, no podía perseguir al navío español y no só lo eso, además debía darle asilo. El principio trascendió su momento histórico, así don Antonio explica que según la Convención de Ginebra la persecución de un barco enemigo debe iniciarse en las aguas del país afectado. Como internacionalista, considera don Antonio que se debe a Gentili, "constituir la autonomía de la ciencia del derecho internacional, al separarla por completo de la teología, bajo cuya tutela había nacido y crecido en la escuela española del siglo XVI".124 El tercer ensayo del libro que se analiza, "Francisco Suárez", se refiere a otro de los grandes teólogos-juristas españoles, contiene también tres divisiones, que carecen de título.125 Francisco Suárez, miembro de una familia noble y poderosa, nació en Granada, en 1548. Se dedicó a la docencia, en España, en las ciudades de Segovia y Valladolid, y luego fue llamado a la ciudad de Roma y de regreso a su patria enseñó en Alcalá y Salamanca. Don Antonio afirma que: "En la génesis del derecho internacional el momento de la creación corresponde a Francisco de Vitoria y el de la reflexión a Francisco Suárez".126 Pasa después a examinar la obra máxima de Suárez, De legibus ac Deo legislatore, en especial los capítulos que contienen su concepción del derecho de gentes, para distinguirlo del derecho natural y del derecho civil, este último considerado como el derecho propio de cada ciudad y sus ciudadanos, según la concepción romana. Suárez considera que el derecho natural es la "expresión en el hombre de la ley eterna divina" y el derecho de gentes la "obra de la convención humana".127 De este modo, continúa don Antonio: Ahora sí podemos decir que el derecho de gentes ha conquistado plenamente su lugar al sol, un estatuto de autonomía e independencia frente a todos los demás derechos que en el mundo han sido. Continuará supeditado, como el derecho positivo en general, a los supremos principios del derecho natural (Suárez evidentemente, no podía pensar de otro modo), pero será un dominio político y no despótico, un control perfectamente conciliable con el progreso del derecho de gentes con entera espontaneidad y dentro de su propia línea. 128 Por lo que a la distinción entre derecho civil y derecho de gentes toca, aunque Suárez acepte la concepción romana, que como ya se mencionó, tenía como derecho civil al derecho de cada ciudad y al de gentes como el derecho común de todos los pueblos, este autor señala otro criterio distintivo, para referirse a la fuente de cada uno: "el derecho civil es derecho escrito, mientras que el derecho de gentes es derecho consuetudinario, ya que no ha sido promulgado por ningún legislador, sino que toma su fuerza de la costumbre".129 Aunque las cosas son diferentes en la actualidad, no por ello, en opinión de don Antonio, la costumbre deja de representar un mayor valor para el derecho internacional, que para el derecho interno. El cuarto y último ensayo Hugo Grocio, vida y obra comprende tres secciones: Mare Liberum, De iure belli ac pacis y El legado de Grocio.130 En esta última sección, además de sus propias opiniones, don Antonio cita un artículo de Hersch Lauterpapacht, publicado en 1946, The Grotian Tradition in International Law y resume los rasgos sobresalientes del pensamiento de Grocio en los siguientes puntos: La sujeción de las relaciones internacionales en su totalidad a la norma jurídica, El derecho natural como fuente autónoma del derecho internacional, La afirmación de la naturaleza racional y social del hombre como fundamento del derecho natural, El reconocimiento de la identidad esencial entre el Estado y el individuo, La repulsa de la razón de Estado, Guerras justas y guerras injustas, La neutralidad calificada, Pacta sunt Servando, Los derechos del hombre, La idea de la paz e idealismo y progreso.131 Etopeya del monroísmo132 En la introducción,133 el autor explica que este texto es una revisión, actualizada, del que se publicó por primera vez en 1939. Explica después que etopeya, vocablo de origen griego, significa descripción del carácter de un movimiento ideológico y que en el presente caso se refiere a un discurso del presidente Monroe ante el Congreso de Estados Unidos. Agrega: "si esta etopeya tiene por correlato el monroísmo antes que la doctrina Monroe, es para dejar claro desde el principio que la indagación persigue el espíritu antes que la letra".134 El libro está dividido en tres partes, subdivididas, a su vez, en capítulos: Primera parte. El proceso de la doctrina. Capítulo primero. Prehistoria de la doctrina. La peculiaridad iberoamericana. Capítulo segundo. Génesis de la doctrina, 135 Segunda parte. Los avatares de la doctrina. Capítulo tercero. La escisión geográfica y la escisión ideal. Capítulo cuarto. Las sanciones históricas. Capítulo quinto. De Roosevelt a Roosevelt. 136 Tercera parte. La nueva era. Capítulo sexto. El fin de la intervención. 137 Don Antonio concluye su estudio con las siguientes palabras: En suma y a la postre, la doctrina de Monroe ha dejado de existir no porque los Estados Unidos se hayan apeado de su política hegemónica e imperialista, al punto de haber asumido actualmente la función de gendarme mundial de todos los conflictos, de Haití a Mogadiscio, sino porque la doctrina de Monroe, a partir de su enunciado original, estuvo siempre estructurada en torno a cierta oposición América vs. Europa, o últimamente, Eurasia.138 Es triste pensar que las palabras de don Antonio sigan siendo válidas hasta el presente, cuando la política imperialista y hegemónica de Estados Unidos se ha exacerbado y podría pensarse que día a día cobra más fuerza. Notas:
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