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 REVISTA JURIDICA
Boletín Mexicano de Derecho Comparado
           InfoJus     Publicaciones     Anuario Mexicano     Contenido     Vol. XV
 


CURSO DE DERECHO PÚBLICO DE JUAN M. VÁZQUEZ1

Marta MORINEAU

SUMARIO: I. Introducción. II. Curso de derecho público. III. Consideración final.

I. INTRODUCCIÓN

Este artículo analiza la obra de un autor mexicano del siglo XIX, Juan M. Vazquez, su libro Curso de derecho público, publicado en el año de 1879.2

Después de la "Introducción", el trabajo se divide en dos apartados más. El primero se subdivide, a su vez, en dos partes. La primera, encabezada con el número 1 arábigo, es meramente descriptiva, ya que se refiere a la estructura del libro de Vazquez, mientras que en la segunda, encabezada por el número 2, se analiza el contenido, para señalar, cuando las haya, las referencias o reminiscencias iusromanistas, finalmente, el apartado número III, que es el último, contiene una consideración final.

II. CURSO DE DERECHO PÚBLICO

1. Estructura

El libro tiene 596 páginas, comienza con un "Prólogo" del autor, un apartado que denomina "El derecho público" e incluye, al final, el índice.

La obra está dividida en cuatro partes, subdivididas en títulos, que, a su vez, generalmente, se subdividen en secciones y párrafos encabezados con números romanos.

La primera parte se integra por la "Introducción", seguida de un apartado que el autor designó con el nombre de "Derechos del hombre", después siguen los títulos, que por lo que a esta primera parte se refiere, suman un total de siete. El título I: "Derechos naturales", comprende tres secciones, la primera subdividida en cinco párrafos, la segunda en dos y la tercera en tres. El título IV se subdivide en cuatro párrafos.

La segunda parte contiene dos apartados. El primero, "Consideraciones generales sobre las personas colectivas y morales", contiene siete títulos; el segundo de ellos subdividido en cinco párrafos. El segundo apartado, "Municipios", comprende seis títulos. El título I incluye cuatro párrafos y el título cinco incluye dos.

La tercera parte, llamada por el autor "Estados", abarca siete títulos, el segundo se extiende a lo largo de diez párrafos, el tercero se subdivide en dos, mientras que los títulos III y V contienen dos párrafos cada uno y el título VI está compuesto por tres.

La última parte, o sea, la cuarta, lleva el nombre de "Federación" y tiene una extensión de nueve títulos. El tercero, que es el más extenso, se encuentra dividido en once párrafos, y los títulos V y VI en dos y tres párrafos, respectivamente.

2. Contenido y referencias iusromanistas

A. Prólogo

En esta parte del libro, Vazquez se refiere especialmente al reto más acuciante del nuevo país, tras la consumación de la Independencia, esto es, la organización política que México debería adoptar. Describe la pugna entre las diferentes fuerzas políticas y nos dice: "por fin, el partido liberal dijo su última palabra en la Constitución de 1857". Nuestro autor se refiere evidentemente a la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos promulgada el 5 de febrero de 1857 que estaba en vigor cuando escribió su libro.3

B. El derecho público

Al iniciar este apartado Vazquez invoca al derecho romano.

    El derecho público de los romanos (Jus publicum) era el que correspondia naturalmente á un pueblo conquistador, era el que señalaba las cosas que pertenecian á la República; es decir, el que teniendo por objeto la conservacion y engrandecimiento de Roma, consumia los hombres, las fortunas y los ciudadanos, "absorvia ó nulificaba los pueblos", "hasta que el viaje de los decemviros dio por resultado, entre otras leyes, la que permitía al ciudadano disponer libremente de las cosas de su propiedad", termina diciendo, "derecho público es el que mira al estado de la cosa romana."4

Después sitúa los orígenes de las constituciones de los pueblos, incluyendo aquí a la Constitución mexicana de 1824 y para terminar explica lo que considera debe ser el objeto del derecho público, esto es, "señalar los derechos y deberes del gobierno, organizar la eleccion y duracion de los funcionarios públicos, teniendo por base los derechos del hombre y por objeto la perfeccion de la humanidad".5

C. Primera parte. Introducción. Derechos del hombre

Expone el concepto de derecho y de derecho público y luego explica la estructura de su libro. También explica lo que entiende por derechos del hombre, y opina que se pueden agrupar en tres clases: derechos naturales, derechos civiles y derechos políticos.6

a. Título I. Derechos naturales

Considera "hermosa y exacta",7 una cita textual de Cicerón, con la que inicia el tema, "La ley natural; dice: est non scripta sed nata lex quam non didiscimus, aceepimus, legimus; verum ex naturam ipsam aripuimus, hausimus, expressimus; ad quam non ducti sed acti, non instituti sed imbuti sumus...8

Más adelante agrega que los derechos naturales o del hombre son aquellos que todo individuo puede hacer valer y que los demás deben respetar.

Explica después, que el hombre tiene una doble naturaleza, física e intelectual y de acuerdo con esta dicotomía clasifica a los derechos del hombre en dos grupos. En el primero incluye: el derecho a la vida, honor, integridad física e intelectual, la salud y el trabajo, en el segundo: los derechos a la educación y asociación, entendiendo que para que unos y otros se puedan alcanzar son necesarias la "libertad, seguridad é igualdad".9

Este primer título de la primera parte del libro incluye al principio una sección llamada "Conservacion"10 que contiene cinco párrafos: vida, honor, integridad física e intelectual, salud y trabajo.

La segunda sección: "Perfeccion",11 se divide, por su lado, en dos párrafos: educación e instrucción y, razón.

La tercera sección, "Sociedad"12 está dividida en tres párrafos: familia, religión, y conclusión.

b. Título II. Derechos civiles

Vuelve nuevamente, al derecho romano, "El jus civilis que fijaba reglas para decidir las cuestiones entre los ciudadanos cives, entendiéndose por tales los nativos y vecinos de la ciudad, cívitas", "se tomó por contraposicion á derecho criminal, según las diversas épocas de Roma."13

Después habla, en plural, de derechos civiles, considerando que son una de las clases de los derechos del hombre. De tal modo, acoge el concepto del derecho anglosajón, éste considera que los derechos civiles son aquellos que conforman un cuerpo legal, que establece las libertades naturales del hombre e implica una limitación del poder público.14

En Roma, nos dice:

    El dios Estado traia consigo una nobleza que debia ser tenido como semidios, y con estas bases era imposible la creacion de derechos civiles y políticos como se entienden actualmente. La consecuencia natural de tales creencias fue la creacion de un Tiberio y la afeminacion de la ciudad, hasta ser sojuzgada por los que con desprecio llamaban bárbaros...15

No obstante, acepta que existió en Roma algún vestigio de protección ciudadana, "la disposicion que prohibia el que los ciudadanos romanos fuesen azotados...",16 además, "igual apreciacion debe hacerse de las leyes y solemnidades que reglamentaban la union y separacion del hombre y la mujer..."17

Sin embargo, considera que estos ejemplos, son casos de excepción, y que, además, la ley no se aplicaba a todos por igual "que era una recompensa, digamos así, de los deberes de ciudadano (habitante de la ciudad), y no una concesión á los nacionales; por consecuencia, era la concesión á una clase por su clase y no al hombre por su dignidad; era, en fin, una concesión, privilegio, que hacia el Estado, desprendiéndose de sus naturales prerrogativas, y no un reconocimiento de los derechos civiles del hombre".18

A pesar suyo, agrega que:

    estos derechos civiles, ó privilegios de clases, se fueron extendiendo gradualmente á ciertas personas, ya de una manera franca ó mediante alguna declaracion previa. De una y otra cosa se encuentran ejemplos en la época de los Césares, siendo uno de los más perceptibles el que declara ciudadanos romanos á más de diez mil esclavos.19

Sigue explicando el desenvolvimiento de la materia y para terminar expresa:

    Ha sido conveniente fijarse de preferencia en el derecho romano, porque la legislación española está fundada en él, y todas las Colonias españolas en el nuevo continente, hoy naciones libres y soberanas, se nutrieron con esa legislación y heredaron sus bellezas y faltas, notándose que hasta la fecha aún no pueden desprenderse de su influencia.20

Agrupa a los derechos civiles en tres clases. La primera se integra por aquellos cuyo objeto es garantizar directamente un derecho natural. La segunda por los que garantizan el ejercicio de ese derecho y la tercera, por los que facilitan o mejoran el goce de los derechos naturales.21

En las siguientes páginas estudia cada una de estas clases y compara lo que sobre el tema establecen las Constituciones de México, Brasil, Paraguay, Ecuador, Uruguay, Venezuela, Chile, Argentina, Bolivia y Colombia.

c. Título III. Derechos políticos

Vazquez opina que los derechos políticos miran a la formación y conservación del buen gobierno y exceden en su alcance a las meras consideraciones de elegibilidad, ya que si su ámbito fuera tan reducido los funcionarios electos se sentirían justificados para aprovecharse del tesoro público, en perjuicio de la sociedad. En este sentido afirma que "Roma no hubiera tenido un Neron, un Calígula, ni un caballo con los honores de cónsul, si la creencia dicha se hubiera rechazado con indignación".22

d. Título IV. Libertad, seguridad, igualdad

En este título explica que los derechos naturales, civiles y políticos no podrán ejercerse si no están amparados por la libertad, seguridad e igualdad.

e. Título V. Conveniencia de uniformar los derechos del hombre

Aquí, Vazquez resalta la posibilidad de uniformar, en el continente americano, los derechos del hombre, con el fin de proteger no solo a los nacionales de cada país, sino también a aquellos que no lo son, para que estos derechos se conviertan en "derechos de la civilizacion"...23

f. Título VI. Conflicto entre los derechos enunciados

Reafirma que los derechos naturales, comunes al hombre, en su doble dimensión, física e intelectual, no pueden, ni deben entrar en conflicto con sus derechos civiles y políticos.

g. Título VII. El derecho y la moral

En este título enuncia las diferencias entre moral y derecho, que, sin embargo, cree que han de marchar de la mano, así señala que se deben reprobar "los hechos inmorales que están al alcance del derecho".24

D. Segunda parte. Primer apartado. Consideraciones generales sobre las personas colectivas y morales

a. Título I. Personas colectivas y personas morales

En este título, Vazquez distingue entre personas colectivas que son temporales y cuyo objetivo es buscar ganancias, como por ejemplo las sociedades comerciales y las personas morales que no tienen término, ni buscan "utilidades",25 como el municipio, el estado y la nación.

b. Título II. Diversos aspectos de las personas morales

Asevera que los elementos de toda sociedad son: existencia, cumplimiento de sus deberes, unidad e independencia.

c. Título III. Contribuciones

En este título se refiere a las aportaciones de los socios.

d. Títulos IV, V, VI y VII. Presupuesto y cuentas. Empréstitos y privilegios. Autoridad. Responsabilidad

En estos títulos se refiere a la contabilidad, administración y responsabilidad de los órganos sociales.

E. Segunda parte. Segundo apartado. Municipios

a. Título I. © I. Principio dominante

Encontramos aquí otra referencia al derecho romano, Vazquez afirma que los "principios germánico ó romano han prevalecido en las ciudades en que sus derechos han sido impuestos."26

Por un lado, el principio germánico considera al municipio como una "individualidad natural",27 por el otro, el principio romano "considera á los municipios como divisiones territoriales...",28 cuya existencia depende del Estado, y es quien les delega sus funciones. Agrega que el principio germánico impera en Alemania, Inglaterra y Estados Unidos, mientras que el principio romano lo encontramos en Francia, España y por consiguiente, también en "las naciones Hispano Americanas".29

Opina que el principio germánico es el mejor, ya que considera a los municipios como entidades que nacen espontáneamente y tienen autonomía, mientras que, según el principio romano, los municipios son creados por el Estado y están sometidos a la autoridad superior.

En los siguientes párrafos de este título explica lo relativo a las funciones y la elección de las autoridades municipales, para terminar con su instalación y organización.

b. Título II. Contribuciones municipales

Aquí trata sobre quiénes deben contribuir y qué cosas, asegura que los transeúntes no deben contribución alguna, pero si es obligación de los extranjeros avecinados al municipio, tanto como de los nacionales y los ciudadanos. Agrega que deben ser dos tercios de los miembros del municipio quienes fijen anualmente las contribuciones.

c. Título III. Cuentas municipales

Comenta que si una persona moral como lo es el municipio tiene el derecho de imponer contribuciones, asimismo tiene el deber anual de rendir cuentas, tanto de los ingresos, como de los egresos. Agrega que si los funcionarios municipales se renuevan, la mitad, cada año, deben ser los nuevos funcionarios los que revisen las cuentas del periodo anterior, ya que fueron los funcionarios salientes, los responsables de los presupuestos de ingresos y egresos.

d. Título IV. Unidad del municipio

La unidad del municipio se deriva de su estatus de persona moral y conlleva su autonomía con respecto a la realización de sus fines.

Vazquez lamenta que en el México de su época la autonomía municipal esté muy limitada, ya que las Constituciones locales, esto es, las de los estados de la Federación y sus respectivos gobiernos, son las que establecen las bases de la organización municipal.

Aunque los municipios deben ser autónomos, considera que la libertad municipal no debe ser irrestricta y a continuación señala los límites que deben establecerse.

e. Título V. Bienes comunales

Efectúa la siguiente enumeración: edificios, aguas, caminos vecinales, drenaje, fuentes, estanques y compresas.

A continuación, en los dos párrafos siguientes, que integran el título, habla de las acciones que el municipio tiene con relación a los bienes comunales.

f. Título VI. Responsabilidad de los vecinos, de los municipios y de los munícipes

Afirma que la responsabilidad de los hechos de los vecinos es meramente personal, aunque si actuaran siguiendo las instrucciones del cuerpo municipal, la responsabilidad recaerá sobre este último, como también debe responder por cualquier abuso de autoridad.

F. Tercera parte. Estados

a. Título I. El Estado y su objeto

En este título recurre a varios autores:

Rousseau y su teoría del contrato social, Platón y su idea de la similitud del Estado y la naturaleza, Aristóteles y su consideración del hombre como un ser político y al final, Krausse y su concepción del Estado "como el Estado del derecho...".30 Su propia opinión es en el sentido de que "el Estado es la esfera superior que abraza sin oprimir, todas las personas individuales, colectivas y morales que se encuentran dentro de él".31

b. Título II. Obligaciones

Entre las obligaciones del Estado incluye la de consagrar y garantizar el ejercicio de los derechos del hombre. Este título se integra por diez párrafos: libertad, familia, instrucción pública, orden, industria, propiedad, división de la propiedad territorial, expropiación, caminos, correos y telégrafos.

  1. Libertad. Piensa que tanto el individuo como la persona colectiva deben gozar de la mayor libertad posible.

    Sostiene, además, que la libertad de pensamiento no puede tener límite alguno y aprovecha el pasaje para hablar del derecho que se tiene sobre un descubrimiento científico o artístico. También aboga por la libertad de expresión y de imprenta.

  2. Familia. Considera que el derecho público debe ocuparse de garantizar los derechos de la familia, además, apunta la importancia que para esta rama del derecho tiene el registro civil y la necesidad de que el gobierno se encargue de esa institución.

    Después habla del matrimonio y sus fines, haciendo, otra vez, un recorrido cronológico, que empieza con Roma y comenta: "en el derecho romano el hombre poseía á la mujer...",32 termina con el derecho mexicano vigente y afirma que el gobierno debe proteger a los cónyuges y a los hijos.

  3. Instrucción pública. La considera uno de los principales deberes del gobierno y piensa que debe abarcar tanto a hombres como a mujeres, considerando que la instrucción de ellas es tan importante como la de ellos.

    La divide en instrucción primaria, ésta debe ser obligatoria; secundaria o preparatoria, a la que deben acceder aquellos que deseen ser "profesores en alguna ciencia ó arte".33 Por último, menciona una tercera clase, la subdivide a su vez, en general y especial. La primera se refiere a una ciencia elegida como profesión, la segunda tiene relación con alguna de las ramas de esa ciencia. Comenta también que es conveniente el estudio de varios idiomas, incluyendo el latín y las raíces griegas, lamenta el "despego ó quizá desprecio, á los idiomas y dialectos nacionales, despego que viene á dar este terrible resultado: alejamiento mayor, cada dia, de la raza indígena, pensar en la inmigración, para explotar las riquezas nacionales, cuando seria mas sencillo ilustrar á la raza indígena".34

    Reflexiona atinadamente sobre la manera de enseñar y defiende la libertad de cátedra.

  4. Orden. En este rubro se refiere al Poder Judicial, encargado de dirimir las controversias entre las personas.

    El gobierno no sólo debe cuidar que exista este poder, sino que lo desempeñen "hombres ilustrados y rectos...".35

  5. Industria. Habla tanto del campo, el comercio y la industria propiamente dicha, y considera que es obligación del gobierno proteger esas actividades por el beneficio que representan para la población y para abatir el desempleo.

  6. Propiedad. Casi al inicio de este párrafo explica el concepto romano de propiedad, como "un dominio sobre las cosas",36 en virtud del cual "el propietario puede usar y gozar de ellas, siempre que no se lo impida la ley..."37

    Considera equivocado este concepto y afirma que la propiedad no es un dominio sino un derecho, desde mi punto de vista la diferencia que el autor supone entre dominio y derecho no es muy clara, la fundamenta de la siguiente manera:

      La diferencia entre el dominio y el derecho, se palpa mejor, recordando que el César era dueño de vidas y haciendas, y que el padre de familia podia vender ó empeñar á sus hijos; y observando que en la época actual, el gobierno se establece para la felicidad de los hombres, y que el padre de familia tiene deberes que cumplir para con sus hijos.38

    Agrega que el derecho público debe proteger el ejercicio de la propiedad. Explica que existen tres clases de propiedad: propiedad raíz, mueble y literaria "ó fruto de las dotes intelectuales".39

  7. División de la propiedad territorial. En este pasaje especula sobre los beneficios de la propiedad comunal y los de la propiedad privada, para concluir que el gobierno debe proporcionar los medios para adquirir la propiedad y conservarla.

  8. Expropiación. Sostiene que la expropiación está regulada por todas las naciones. Explica que se pueden expropiar tanto bienes muebles como inmuebles, siempre que exista una causa de utilidad pública y que el propietario sea indemnizado, sobre este tema estudia en forma comparativa los derechos de España, Bélgica y Francia.

  9. Caminos. Es también deber del gobierno garantizar el tránsito de las personas y para ello la construcción de caminos. Éstos pueden ser vecinales, estatales y nacionales.

  10. Correos y telégrafos. Estos medios de comunicación son también responsabilidad del gobierno, quien ha de procurar que sean eficaces y seguros.

c. Título III. Relaciones.

Trata de las relaciones del Estado con personas individuales, colectivas y morales, dentro o fuera del territorio nacional. En el primer caso, Vazquez considera que esas relaciones pueden ser de "protección, y autoridad ó de igual á igual";40 en el segundo caso, se trata de relaciones en las que, por regla general, el gobierno representa al Estado y entabla en su calidad de persona jurídica.

Agrega que a continuación tratará las relaciones del Estado con los diferentes segmentos culturales y las personas morales que se hallen dentro del territorio.

  1. Religión y cultos. Señala que el culto debe celebrarse al interior de los templos y piensa que el gobierno debe cuidar y garantizar su ejercicio. Por otra parte, considera que los ministros de cualquier culto deben respetar las leyes del país.

  2. Educación. Instrucción. Ciencias y artes. Su opinión es que el Estado debe fomentar la educación, apoyándola con los recursos necesarios, tanto humanos como de otro tipo. Debe seleccionar buenos profesores y otorgarles estímulos económicos. Además, debe crear bibliotecas, "poner al alcance de todos los libros que puedan servir de texto en las escuelas, y las máquinas que simplifiquen el trabajo y hagan más fácil los productos de las artes".41

d. Título IV. Obligaciones y relaciones en general

Aquí aborda el tema de las obligaciones y relaciones del Estado, atendidas por el gobierno, como su representante.

Entre los deberes del gobierno señala:

  1. Mantener el orden.

  2. Proteger el quehacer científico.

  3. Fomentar el desarrollo económico, sin convertirse en productor de bienes, pues el gobierno no es ni comerciante, ni empresario.

  4. Velar por la educación de sus habitantes.

  5. Cuidar del servicio militar.

e. Título V. Derechos del Estado

  1. Contribuciones de hombres. En este lugar se refiere al deber de los ciudadanos de trabajar para el país, apunta, en concreto, a los funcionarios públicos, los empleados y los militares.

  2. Contribuciones de moneda. Clasifica a las contribuciones en directas e indirectas. Las primeras gravan a la propiedad y las segunda al producto. Menciona las siguientes:

    1. Alcabala o impuesto sobre ventas y permutas.

    2. Portazgo o peaje.

    3. Derecho de patente, "esta contribucion comprende -nos dice- á toda profesion, comercio, arte, oficio, y á todo aquello que produce algo".42

El Estado no debe gravar de forma excesiva a los habitantes, los impuestos deben calcularse en atención a las necesidades del gobierno en el cumplimiento de sus fines, ya que: "el lujo inmoderado en cualquiera de las ramas del gobierno, lleva á excesos que demuestran no solo falta de instruccion, sino hasta de cordura",43 continúa para hacer otra referencia a Roma, "si al menos el gobierno hiciera como la madre de los Gracos, que invirtiera el precio de sus joyas en la educacion de sus hijos, sería disculpable, y hasta de efectos históricos, como el modelo de que se habla".44

f. Título VI. Formación del Estado. Del gobierno del Estado

Vazquez nos dice que el Estado "se forma del número de habitantes nacionales que contiene; se dice así, porque los transeuntes y los extranjeros no deben computarse entre la poblacion permanente...".45 A pesar de estar formado por personas individuales, el Estado tiene el estatus de persona jurídica.

Más adelante trata lo relativo a la soberanía, que contempla como la facultad de autodeterminación.

Luego habla de la división de poderes, para, después, explicar cada uno de ellos.

  1. Poder Legislativo. Divide este párrafo en varias partes: formación del Poder Legislativo, recursos económicos, tareas y presupuesto de egresos.

  2. Poder Ejecutivo. Entre las funciones del Poder Ejecutivo menciona: mantener el orden, protegiendo a las personas y a las cosas; ejecutar las leyes y reglamentarlas, si se le hubiera otorgado esta facultad; además, presentar iniciativas legislativas, cuando las considere convenientes; disponer lo necesario para el buen funcionamiento de los servicios públicos y de las fuerzas armadas, así como proveer a la recaudación de los impuestos. Además, el Poder Ejecutivo tiene la obligación de informar sobre los resultados de su gestión.

  3. Poder Judicial. Estima que jerárquicamente es igual a los otros dos poderes y que su función es la de administrar la justicia. Dice textualmente: "El Poder Judicial es el encargado de dar á cada uno lo que es suyo...".46 Aunque recurre al concepto romano de justicia, no hace una referencia expresa.

g. Título VII. Juicio criminal

En las páginas anteriores, al hablar de la función de administrador de justicia que le corresponde al Poder Judicial, incluye la de castigar los delitos y en este pasaje estudia específicamente el tema. Sostiene que al juicio criminal se le puede contemplar conforme a cuatro elementos: el hecho, el derecho, las penas y su cumplimiento y, la manutención de los presos.

G. Cuarta parte. Federación

a. Título I. Nación

Primero explica que en español, nación es el acto de nacer, y que jurídicamente la palabra significa reunión de hombres que tienen un origen común, además de haber nacido en un territorio determinado. Inicia la explicación del origen y desarrollo de las naciones, expresando que las "hispano-americanas fueron y aun son gobernadas en gran parte por el derecho español, y éste es una derivación del romano, indicaremos de ambos lo muy preciso al objeto que nos proponemos".47

Señala que la ciudad fue la primera forma social, y habla de la organización romana, "Roma no fue mas que una poblacion guerrera",48 y "los habitantes de la ciudad tenian derechos y privilegios á que ni siquiera podian aspirar los que moraban fuera de ella..."49

A pesar de las prerrogativas que disfrutaban, los ciudadanos debían estar siempre prestos a participar en las guerras tan frecuentes entre las ciudades, "los ciudadanos de cada una venian á ser extranjeros respectivamente y enemigos entre sí; desde entónces la palabra extranjero encierra algo de odioso, algo de hostil, algo de depresivo."50 Más adelante explica las formas de gobierno que las naciones pueden adoptar y se declara partidario de la Federación.

b. Título II. Objeto de la nación

Piensa que a la nación se la puede ver desde distintos aspectos, bien sea, como una unidad, o como una unión de estados y de individuos.

c. Título III. Obligaciones

  1. Derechos del hombre. La nación debe reconocerlos y garantizarlos.

  2. Familia. Considera que la familia es la base de la organización social y por tanto la nación también está obligada a protegerla.

  3. Municipios y estados. Señala que la organización de los municipios debe descansar sobre bases generales comunes a todos.

  4. Instrucción pública. Repite lo dicho anteriormente al hablar de las obligaciones del gobierno.51 Lo mismo se puede decir de los siguientes párrafos: V. Industria, VI. Propiedad, VII. Expropiación, VIII. Caminos y puertos, IX. Correos y telégrafos.52 Trata nuevos temas en los últimos dos párrafos de este título.

  5. Tranquilidad. Opina que quizá el deber más importante del gobierno sea el de velar por la paz y el orden público y,

  6. Orden económico. Se refiere al cuidado que el gobierno debe prestar a la producción, distribución y consumo de la riqueza nacional.

d. Título IV. Relaciones

También aquí repite lo dicho al comienzo del título III de la tercera parte del libro.53

e. Título V. Derechos de la nación

En los párrafos I y II, se refiere a la contribuciones de moneda y de hombres, del mismo modo en que los trata con anterioridad.54

f. Título VI. Del gobierno

Señala que el gobierno federal es el representante de la Federación y también de la soberanía nacional, a continuación expone lo relativo a los tres poderes federales.

  1. Poder Legislativo. Nos señala que, con referencia a tres aspectos, el poder legislativo federal se puede comparar con el de los estados. Estos aspectos se refieren a su formación, vida económica y trabajos.

    Señala como competencia del Poder Legislativo federal:

    1. Cuidar la independencia nacional y la integridad de territorio.

    2. Ratificar tratados y alianzas, declaraciones de guerra y de paz, patentes de corso y navegación y, amnistías e indultos por delitos políticos.

    3. Cuidar el tráfico marítimo.

    4. Establecer aranceles e impuestos.

    5. Encargarse del papel sellado, la acuñación de moneda, la admisión de nuevos estados o su creación tomando territorio de alguno ya existente y aprobar la separación de los estados que manifiesten su deseo de hacerlo.

    6. Glosar las cuentas.

    7. Expedir leyes orgánicas, generales y decretos, que sean competencia federal y,

    8. Proteger la industria, cultura, seguridad, libertad, igualdad y todos los derechos del hombre y, su ejercicio.

  2. Poder Ejecutivo. Hace referencia a lo que expuso anteriormente,55 para luego enumerar sus facultades.

    1. Promulgar las leyes y ejecutar los fallos judiciales.

    2. Promulgar las leyes reglamentarias.

    3. Nombrar y remover a los miembros del gabinete.

    4. Recaudar impuestos.

    5. Ejercer el presupuesto de egresos.

    6. Disponer de las fuerzas armadas.

    7. Admitir o remover a los individuos que integren estas fuerzas.

    8. Cuidar de las elecciones.

    9. Presentar al poder legislativo a las personas que vayan a ocupar cargos diplomáticos o consulares.

    10. Encargarse de las relaciones internacionales.

    11. Expedir patentes de navegación y de correos.

    12. Cuidar la seguridad de los puertos.

    13. Disponer de las plazas militares.

    14. Cuidar de la independencia, dignidad e integridad del territorio nacional e,

    15. Iniciar y terminar las guerras.

    En las siguientes páginas trata lo relativo a las funciones encomendadas a las secretarías o ministerios de Estado.

  3. Poder Judicial. También se remite a consideraciones hechas con anterioridad.56 Después habla de la jurisdicción y los tribunales federales.

g. Título VII. Rentas de la nación

Anuncia que en este título tratará lo concerniente al embargo de las rentas nacionales y con ese fin comenta un voto de Ignacio L. Vallarta, que entonces era el presidente de la Suprema Corte de la Nación.

Concluye que conforme al derecho público, esas rentas no pueden ser objeto de embargo.

h. Título VIII. Ministerio público

Considera que esta institución representa el interés de la sociedad en la persecución del delito y que debe tener autonomía frente a los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

i. Título IX. Poder gubernamental

A su parecer, la meta prioritaria de la Federación es "conservar la unión y conservar las prácticas republicanas, evitando los choques que pudieran darse por la adopcion de sistemas opuestos."57

Explica que las diferencias que puedan surgir entre las entidades federales se llaman conflictos, los que a su vez, pueden ser de varias clases: de leyes, verdades jurídicas o infracciones a la Constitución. A continuación explica cada una de esas clases y las soluciones posibles y pacíficas que el derecho público debe buscar.

III. CONSIDERACIÓN FINAL

Pude localizar dieciséis referencias a Roma, en la obra de Juan M. Vazquez, lo que no deja de sorprender, si consideramos que se trata de un texto de derecho público.

Las referencias se pueden agrupar en dos clases, por un lado, tenemos las que se relacionan con personajes o momentos de la historia de Roma, por el otro, las que aluden específicamente al derecho romano.

Tiene opiniones adversas a tres emperadores, Tiberio,58 Nerón y Calígula;59 mientras que cita con entusiasmo a la madre de los Gracos.60

Por lo que al derecho se refiere, como ya se había mencionado, acepta, en términos elogiosos, el concepto de ley natural de Cicerón.61

Las más de las veces es crítico, de la organización política,62 la aplicación de la ley,63 la apreciación del municipio64 y el concepto de propiedad romanos.65

Los temas principales que el autor estudia en su Curso de derecho público son las formas de Estado y la organización del gobierno.

Vazquez muestra una especial preocupación por la consagración de los derechos del hombre y la obligación que el gobierno tiene de garantizar su ejercicio.

Por ello, es crítico de la Roma antigua, en donde la organización política, como la de los demás pueblos de la antigüedad, no se ocupó de esta materia, que adquirió relevancia mucho tiempo después.

Finalmente, es claro que Vazquez reconoce la influencia del derecho romano en el derecho mexicano, por la vía del derecho español. Menciona reiteradamente, este camino de penetración en los sistemas jurídicos de los países que antes habían sido colonias españolas.

De tal modo, cuando habla de los nuevos países, formados a partir de aquellas colonias, que en su mayoría adquirieron su independencia en el transcurso del siglo XIX, siempre se refiere a las "naciones Hispano Americanas",66 o bien, "Hispano-americanas".67

Notas:
1 Una versión preliminar de este artículo se presentó como ponencia al XIII Congreso Latinoamericano de Derecho Romano, La Habana, Cuba, 7-10 agosto, 2002.
2 Vazquez, Juan M., Curso de derecho público, México, Tipográfica Literaria de F. Mata, 1879, 596 pp. En lo subsiguiente este libro se citará en forma abreviada utilizando solamente la palabra Curso, seguida de tres puntos suspensivos. En las citas textuales se respetó la ortografía original, tanto como los subrayados del autor.
3 Curso..., "Prólogo", p. 6. Este documento, en su artículo 40, constituyó al país "en una República representativa, democrática, federal...". Su nombre completo es largo, Constitución Política de la República Mexicana, sobre la indestructible base de su legítima independencia, proclamada el 16 de septiembre de 1810 y consumada el 27 de septiembre de 1821. No deja de llamar la atención que a más de medio siglo de la consumación de la Independencia el constituyente sintiera la necesidad de remarcar las fechas.
4 Curso..., p. 9.
5 Ibidem, p. 14.
6 Ibidem, p. 22.
7 Ibidem, p. 23.
8 Idem.
9 Ibidem, p. 24.
10 Ibidem, p. 25.
11 Ibidem, p. 32.
12 Ibidem, p. 39.
13 Ibidem, p. 57.
14 Cfr. Blacks Law Dictionary, 6a. ed. abreviada, St. Paul, Minn., West Publishing Co., 1991, p. 168.
15 Curso..., p. 58.
16 Idem.
17 Ibidem, p. 59.
18 Idem.
19 Ibidem, p. 60.
20 Ibidem, p. 61
21 Ibidem, p. 62.
22 Ibidem, p. 77.
23 Ibidem, p. 117.
24 Ibidem, p. 132.
25 Ibidem, p. 136.
26 Ibidem, p. 180.
27 Idem.
28 Idem.
29 Ibidem, p. 181.
30 Curso..., p. 260.
31 Idem.
32 Ibidem, p. 267.
33 Ibidem, p. 276.
34 Ibidem, p. 280.
35 Ibidem, p. 289. A pesar de su actitud feminista cuando habla de la educación de hombres y mujeres, refleja la política de su tiempo, y parece que no considera que las mujeres puedan ser jueces.
36 Curso..., p. 293.
37 Ibidem, p. 294.
38 Idem.
39 Ibidem, p. 295.
40 Ibidem, p. 343.
41 Ibidem, p. 348.
42 Ibidem, p. 369.
43 Ibidem, p. 371.
44 Ibidem, p. 372.
45 Ibidem, p. 375.
46 Ibidem, p. 427.
47 Ibidem, p. 462.
48 Idem.
49 Idem.
50 Idem.
51 Curso..., pp. 273-288 y p. 17, supra.
52 Ibidem, pp. 290-342 y pp. 18 y 19, supra.
53 Curso..., pp. 342-350 y p. 20, supra.
54 Curso..., pp. 357-375 y pp. 21 y 22, supra.
55 Curso..., pp. 413-442 y p. 23, supra.
56 Curso..., pp. 425-445 y p. 23, supra.
57 Curso..., p. 576.
58 Supra, p. 7.
59 Supra, p. 9.
60 Supra, p. 22.
61 Supra, p. 5.
62 Supra, pp. 4 y 7.
63 Supra, pp. 7 y 8.
64 Supra, pp. 12 y 13.
65 Supra, pp. 18 y 19.
66 Supra, p. 13.
67 Supra, p. 24.